LEY GENERAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LOS LUGARES DE TRABAJO
El objetivo de esta ley es establecer los requisitos de seguridad y salud ocupacional que deben aplicarse en los lugares de trabajo, a fin de establecer el marco básico de garantías y responsabilidades que garantice un adecuado nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras, frente a los riesgos derivados del trabajo de acuerdo a sus aptitudes psicológicas y fisiológicas para el trabajo, sin perjuicio de las leyes especiales que se dicten para cada actividad económica en particular.
CONCEPTOS BÁSICOS
SEGURIDAD OCUPACIONAL
Conjunto de medidas o acciones para identificar los riesgos de sufrir accidentes a que se encuentren expuestos los trabajadores con el fin de prevenirlos y eliminarlos.
RIESGO
Una combinación de la probabilidad de que ocurra un suceso peligroso con la gravedad de las lesiones o daños para la salud que pueda causar tal suceso.
RIESGO PSICOSOCIAL
Aquellos aspectos de la concepción, organización y gestión del trabajo así como de su contexto social y ambiental que tiene la potencialidad de causar daño en los trabajadores, tales como: el manejo de las relaciones obrero patronales, el acoso sexual, la violencia contra las mujeres, la dificultad para compatibilizar el trabajo con las responsabilidades familiares y toda forma de discriminación en sentido negativo.
ACCIDENTE
Incidente que da lugar a una lesión, enfermedad o víctima mortal.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
Grupo de empleadores o sus representantes, trabajadores y trabajadoras o sus representantes, encargados de participar en la capacitación, evaluación, supervisión, promoción, difusión y asesoría para la prevención de riesgos ocupacionales.
PROGRAMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS OCUPACIONALES
Brinda lineamientos para la seguridad y salud de los trabajadores, además se integran actividades preventivas de la institución en su sistema general de gestión. De igual manera, establece pautas para garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todo aspecto relacionados con el trabajo, permite desarrollar las acciones y criterios de actuación para la integración de la actividad preventiva en la institución y la adopción de cuantas medidas sean necesario para prevenir, eliminar o minimizar los riesgos a los que está expuesto el personal de la institución.
PLAN DE EMERGENCIA
Conjunto de medidas destinadas a hacer frente a situaciones de riesgo, que pongan en peligro la salud o la integridad de los trabajadores y trabajadoras, minimizando los efectos que sobre ellos y enseres se puedan derivar.
PLAN DE EVACUACIÓN
Conjunto de procedimientos que permitan la salida rápida y ordenada de las personas que se encuentren en los lugares de trabajo, hacia sitios seguros previamente determinados, en caso de emergencias.
BRIGADAS
Para darle respuesta tanto al plan de emergencia y de evacuación, se tendrán que conformar brigadas, las cuales tendrán la tarea de apoyar las acciones, antes, durante y después de una emergencia o evento.
Para el caso del CENTA-SEDE se han conformado cuatro brigadas: primeros auxilios, evacuación, prevención y combate de incendios y de comunicaciones.
Brigadas realizan señalización de los puntos de encuentro, siendo mucha importancia para el personal del CENTA en caso de evacuación ante una emergencia. (año 2019)
Documentos de interés